La Corte Internacional de Justicia dictaminó el 9 de julio de 2004 que la construcción de la valla/muro israelí en Cisjordania es ilegal según el derecho internacional y pidió su derribo. Esta construcción, además, contribuye a producir graves violaciones de los derechos humanos.
Según las autoridades israelíes, el muro es una "medida defensiva diseñada para impedir el paso de terroristas, armas y explosivos al estado de Israel".
Sin embargo, la mayor parte de la valla/muro no se está construyendo a lo largo de la Línea Verde entre Israel y Cisjordania. Aproximadamente el 90 por ciento del trazado que sigue está en territorio palestino dentro de Cisjordania, rodeando localidades y pueblos palestinos y aislando entre sí a comunidades y familias y separando a los campesinos de sus tierras y a los palestinos de sus lugares de trabajo, centros educativos y de salud y otros servicios esenciales.
La necesidad legítima de Israel de garantizar sus fronteras e impedir el acceso a personas que pueden suponer una amenaza no justifica el levantamiento de una valla/muro dentro de los Territorios Ocupados.
En el informe Soportando la ocupación (junio de 2007) denunciamos que las rigurosas restricciones a la circulación impuestas durante años a más de dos millones de palestinos que viven en Cisjordania por las autoridades israelíes son ilegales, ya que son desproporcionadas y discriminatorias y violan el derecho a la libertad de circulación.
Cualquier medida que Israel ponga en práctica en los Territorios Ocupados en nombre de la seguridad debe respetar las obligaciones que ha contraído en virtud del derecho internacional. La valla/muro rodea más de 50 asentamientos civiles israelíes en los Territorios Ocupados, donde viven la mayoría de los colonos israelíes y que son ilegales conforme a la legislación internacional. Las excepciones por motivos de seguridad previstas en el derecho internacional humanitario no pueden invocarse para justificar medidas que benefician los asentamientos israelíes ilegales a expensas de la población palestina sometida a ocupación. La construcción de la valla/muro dentro de los Territorios Ocupados es una de estas medidas y, en su configuración actual, la valla/muro constituye un incumplimiento de las obligaciones contraídas por Israel en virtud del derecho internacional humanitario. En una resolución excepcional emitida en junio de 2004, el Tribunal Superior de Israel ordenó que se cambiara el trazado de la valla/muro a lo largo de unos 30 kilómetros. El ejército israelí realizó posteriormente modificaciones de poca importancia en un 5 por ciento del trazado.
Amnistía Internacional.

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